Los trabajadores autónomos también tienen derechos

By Joaquín Carlos Casanovas | Artículos

Jul 01
trabajador autonomo

Si eres trabajador autónomo, ¿cuales son tus derechos?

Si perteneces al grupo de los trabajadores autónomos, ¿cuál es la norma que se te aplica?

 

Seguro que si eres trabajador autónomo te habrás planteado en innumerables ocasiones cuáles son tus derechos y obligaciones. O también, cuales son las normas que se te aplican, y sobre todo cuáles son las diferencias que deberías tener en cuenta en cuanto al régimen que podrías mantener como trabajador laboral.

En otros posts ya nos hemos referido a la relación jurídica que mantienen los trabajadores autónomos con las empresas. Te habrás dado cuenta que son diferentes de las que mantienen los trabajadores ordinarios. Y también hemos mencionado la existencia de una figura híbrida parecida al trabajador laboral, y también al trabajador autónomo que es el trabajador autónomo económicamente dependiente.

A lo largo de este post, vamos a profundizar en los derechos y obligaciones de los trabajadores autónomos. También analizaremos cuáles son sus fuentes jurídicas que regulan esta figura y a las que deberemos acudir en caso de dudas.

¿Cuáles son las fuentes que regulan la figura del trabajador autónomo?

Cualquier trabajador autónomo debe tener claro que no está sometido al derecho laboral o derecho del trabajo, con la excepción de aquellos aspectos que por precepto legal se disponga expresamente.

Es decir, y con carácter general,  para clarificar este tema, las fuentes del derecho a las que cualquier trabajador autónomo debería acudir para conocer sus derechos y obligaciones serían:

  1. Las disposiciones contempladas por el Estatuto del Trabajo Autónomo, en todo lo que no se oponga a las legislaciones específicas que se apliquen a su actividad así como al resto de las normas legales y reglamentarias complementarias que sean de aplicación. Este Estatuto del trabajo autónomo o del trabajador autónomo será de aplicación con carácter general a todo el colectivo de trabajadores autónomos.
  2. La normativa común de carácter civil o mercantil o administrativa que regule la correspondiente relación jurídica del trabajador autónomo en función de actividad y, sobre todo, dependiendo de con quien esté contratando la realización de su actividad.
  3. Los pactos establecidos que se hayan acordado individualmente mediante contrato entre el trabajador autónomo y el cliente para el que desarrolle esa actividad profesional que no sean nulos por contravenir disposiciones legales de carácter necesario.
  4. Por supuesto, los usos y costumbres locales y de carácter profesional.

Conviene recordar, aunque sea de forma reiterada, que el trabajo realizado por cuenta propia no está sometido a la legislación laboral salvo en aquellos aspectos que se disponga expresamente, por ejemplo, en este Estatuto del trabajo autónomo por Ley 20/2007 de 11 de Julio.

 

trabajadores autonomos

Pero con carácter general, ¿cuáles son los derechos que tiene un trabajador autónomo?

Efectivamente pudieran surgir dudas, ya que el trabajador autónomo está sometido a lo pactado en su propio contrato, y pudiera pensarse que todo lo no dispuesto en su contrato no existe y puede generarse, por tanto, una cierta desprotección. A lo largo de los próximos postsintentaré profundizar sobre lo dispuesto en el Estatuto del Trabajador Autónomo para resumir los rasgos básicos de su régimen.

 

Pero basta decir, en este punto, que aparte de lo pactado, el trabajador autónomo ostenta, entre otros, los siguientes derechos individuales en el ejercicio de su actividad:

  1. Está sometidos al principio de igualdad ante la ley y a no ser discriminados, directa o indirectamente, por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, estado civil, religión, convicciones, discapacidad, edad, orientación sexual, uso de algunas lenguas oficiales, dentro de España o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Esta obligación de respetar a los trabajadores autónomos, por supuesto, se extiende a los poderes públicos y a quienes contraten a este tipo de trabajadores, ya afectará no solo a lo relacionado con la contratación en sí, sino a las condiciones del ejercicio profesional. Es importante decir en este punto, que cualquier trabajador autónomo o asociaciones que lo representan, que consideren lesionados estos derechos, pueden recabar la tutela del derecho ante el orden jurisdiccional competente por razón de la materia, mediante un procedimiento sumario y preferente. La única matización que hay que hacer es que si la supuesta lesión se ha producido en un trabajador autónomo común hay que acudir a al orden civil mientras que si estamos hablando de trabajadores autónomos económicamente dependientes, la competencia para conocer de los asuntos se atribuye al orden jurisdiccional social.
  2. Tiene igualmente derecho a que se le respete su intimidad y a la consideración debida a su dignidad y, por supuesto tiene todo el derecho a la adecuada protección frente a al acoso sexual y al acoso por razón de sexo o por cualquier otra circunstancia o condición personal o social. En este punto incluiríamos, por tanto, los casos de acoso moral, o mobbingtrabajador autonomo
  3. También tiene derecho a la formación y readaptación profesional.
  4. De forma similar que los trabajadores laborales, tiene derecho a la conciliación de su actividad profesional con la vida personal y familiar, así como derecho a suspender su actividad en situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, o simple, siempre que su duración no sea inferior a 1 año.
  5. Finalmente, y frente a lo que mucha gente pudiera pensar, los trabajadores autónomos tienen derecho a la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, de acuerdo con la legislación de la Seguridad Social.

Como podéis observar estos derechos son similares a lo dispuesto para los trabajadores laborales. Sin embargo, es conveniente reiterar que existen matizaciones con respecto a este último grupo de trabajadores laborales.

¿Se te ocurren algunas diferencias vividas en primera persona?

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